Lo siento, pero discrepo en lo que dices, la nacional no tiene que coger todo lo que uno quiera denunciar, en la comisaría tienes un instructor que es el que decide si lo que quieres denunciar es competencia de ellos y si es denunciable, cuando uno va a denunciar unos daños si que importa la cuantía y el como se han producido el hecho, y te explico el caso que le ocurre al compañero, los daños que le han podido ocasionar son unos daños por imprudencia (ya que la parte contraria no ha aparcado con la intención de dañarle el coche al compañero del foro), pero resulta que en el código penal sólo están reflejados los daños por imprudencia grave, y para que se tramienten tiene que ser por un valor superior a los 80.000 euros (es un delito de daños por imprudencia grave), y como los daños ocasionados son por un importe inferior a 80.000 euros tienen que ser por imprudencia leve, pero que es lo que ocurre, que no existen en el código penal los daños por imprudencia leve, tendrían que venir reflejados como falta penal y no están, no existe, por lo tanto no se puede tramitar la denuncia por vía penal, porque todo aquello que no viene reflejado en el código penal no se puede castigar por esta vía, solo te queda reclamar por vía civil. Luego, los accidentes de tráfico son competencia exclusiva de la policía local en casco urbano, y esto es un accidente, pues interviene un vehículo a motor en movimiento, que es el que ha golpeado al aparcar. Lo de la placa de matrícula es un documento oficial que le estás facilitando tú al seguro, por lo que la otra parte con decir que no ha estado ahí le sobra para que el seguro no pueda reclamar nada, salvo prueba en contra, que por decir la placa el seguro no va a conseguir lo que se quiera, pero un informe policial bien detallado (el parte de accidente confeccionado por ellos, y no atestado) va a misa, y es con lo que un seguro en caso de ir a juicio lo tendría ganado.
Lo del atestado, para que sepamos las cosas, un atestado son unas diligencias penales que se tramitan cuando se produce un hecho delictivo, como pueden ser lesiones, homicidio, daños por imprudencia grave, conducción sin carne o sin puntos, alcoholemia positiva en tasa superior a los 0,60 mg/l de aire, etc…, y cuando se tiene un accidente de tráfico a secas, lo que ocurre a diario en muchas ciudades y carreteras, lo que se confecciona es un parte de accidente, porque la cuantía de los daños por regla general en el 90% de los accidentes no supera los 80.000 euros, del que tenemos dos tipos, el amistoso y el confeccionado por la policia local o guardia civil.
Mi consejo es que consultes el tema con la policía local, aportando los datos de entrada y salida de trabajo, y como has comentado que había un compañero que estacionó junto a ti, sería bueno facilitar sus datos a la policía local, porque su manifestación puede servirte de apoyo a la tuya.
Ya perdonareis el tocho, pero creo que es interesante que se sepan algunos conceptos
Amen compañero. Muy buena explicación.
Mustang estás equivocado de pleno.