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Fuente: El Antirradar, 30 de abril de 2012. El juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de los de León tramita un recurso contra la Dirección General de Tráfico presentado por un leonés, discapacitado auditivo de nacimiento, al que dos agentes impusieron una multa por creer que circulaba utilizando un teléfono móvil a pesar de que su letrada defensora ha presentado pruebas médicas de que tiene las facultades auditivas totalmente anuladas y de que nunca ha sido poseedor de ningún terminal de este tipo de telecomunicaciones. La decisión de acudir a la vía judicial se adoptó después de que el primer recurso ante la DGT no prosperase. El sancionado recibió la notificación de que había sido multado con una multa de 200 euros y la pérdida de tres puntos en su carnet de conducir. Presentó recurso de alzada para explicar que se trataba de un error de interpretación de los agentes y las pruebas de que en ningún caso había podido conducir usando el móvil a la vez por su imposibilidad física para hacerlo y porque nunca ha dispuesto de un teléfono, pero Tráfico no atendió a sus explicaciones y aplicó la multa, con recargo adicional y elevó la sanción a 220 euros, por estar ya en vía de apremio. También le detrajo tres puntos del carnet. Entre Garrafe y León Los hechos ocurrieron en la carretera N-630 a medio camino entre Garrafe de Torío y León, en febrero del año pasado. El conductor se apercibió de que dos agentes de la Guardia Civil que circulaban en sentido contrario, hacían una maniobra brusca de giro de 180 grados al verle pasar y tras adelantarlo, le conminaron a detenerse en el arcén. Por sus condiciones auditivas, el conductor no pudo comprender lo que le estaban diciendo los agentes. No les entendió en absoluto, según el relato de los hechos que ha presentado en el juzgado su letrada defensora. Sí que se apercibió de que le estaban multando y trató de hacer comprender a los guardias que estaban cometiendo un error, pero habida cuenta de que sus facultades de comunicación están casi anuladas, no pudo replicar y solamente se cercioró de lo sucedido cuando le entregaron el boletín de notificación con la multa. De regreso a su domicilio, explicó lo sucedido a un sobrino que se encarga de sus cuidados (tiene una minusvalía de casi un 70% para expresarse y una audición nula, necesita ayuda para sus tareas diarias) y plantearon el asunto como un simple error de apreciación que consideraban que se subsanaría fácilmente. Craso error. Los agentes insistieron en que le habían visto perfectamente «utilizando un móvil en el oído derecho y sujetándolo con la mano derecha), por lo que el recurso presentado en septiembre del 2011 no prosperó. Consultados los problemas derivados de este caso con especialistas en la materia y previa sugerencia de la Agencia Tributaria, el sancionado decidió pagar la multa y optar después por la vía jurídica al ser informado de que no hacer frente a la sanción podía conllevar el embargo de su cuenta bancaria, por lo que para evitar males mayores, su letrada ha recurrido a la vía contencioso-administrativa. «El problema que tenemos es que un asunto de este tipo en el juzgado de León en el que ha caído nos puede tardar dos años y es un poco lamentable que mi cliente no haya cometido ninguna infracción y que ahora tenga que esperar todo este tiempo», explicó la abogada a este periódico en conversación telefónica. El carnet de conducir del sancionado refleja perfectamente que se trata de una persona con unas condiciones especiales de audición y comunicación y que por este concepto necesita que se le regulen de una forma particular los espejos del vehículo, para poder realizar las maniobras de conducción sin que se generen problemas para su seguridad y la de los demás conductores. «Él ha pasado todos los controles que se exigen sin ningún problema y está en posesión de su carnet como cualquier ciudadano, porque lo que se ha hecho es adaptar el vehículo a sus circunstancias. Pero se trata de una persona que pueda hacer una vida prácticamente normal en la carretera y que tiene un único problema: no oye, como hemos demostrado con los informes médicos de su otorrinolaringólogo y para hablar apenas emite unos pocos sonidos guturales. En esas condiciones no puede hablar por teléfono y de hecho no tiene móvil. Por eso es imposible que fuera hablando por el móvil ese día y ningún otro. El problema es que ahora vamos a tardar por lo menos dos años en poder demostrar el error».