La prueba práctica durará un mínimo de 25 minutos
Los aspirantes al carné de conducir podrán realizar el examen teórico con 17 años
Automovilistas Europeos Asociados (AEA) ha valorado "muy positivamente" (según la nota de prensa difundida por la entidad) los cambios introducidos por el Ministerio del Interior en la normativa que regula las pruebas que hay que pasar para conseguir el carné de conducir. La modificación más importante establece que los aspirantes a este permiso podrán presentarse al examen teórico sin haber cumplido la mayoría de edad.
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A partir de septiembre, como recoge la Orden ministerial publicada ayer en el Boletín Oficial del Estado, no será necesario haber cumplido 18 años para presentarse al examen teórico del permiso de conducir. Asimismo, los menores de 16 y 14 años podrán presentarse a la primera prueba para obtener los carnés de motocicletas ligeras y ciclomotores, respectivamente.
AEA ha valorado "muy positivamente" esta nueva norma, así como los nuevos intervalos de tiempo entre exámenes que los aspirantes deberán respetar en el caso de suspender alguna convocatoria: Si el alumno no supera una prueba en dos ocasiones, deberá aguardar 14 días naturales antes de presentarse de nuevo a examen. Si suspende otra vez, el plazo de espera será de 20 días, período que llegará hasta los 28 días si vuelve a fallar.
Por otra parte, si se suspenden dos convocatorias del examen práctico, el aspirante tendrá que acreditar –para presentarse una tercera vez- que ha recibido, al menos, cinco clases más en la autoescuela. Si no supera el nuevo examen, el mínimo de clases que tendrá que realizar será de ocho, cifra que se elevará a doce si tiene que seguir presentándose a nuevas convocatorias.
Mario Arnaldo, presidente de AEA, ha declarado a Autopista Online que esta medida garantiza "una mayor preparación del alumno, pues ahora se le exige que acredite que, además de haber esperado un período de tiempo determinado, ha dedicado dicho tiempo a mejorar su formación. Puede parecer que, al estar obligado a recibir más clases prácticas, el aspirante gastará más dinero en el carné de conducir, pero nosotros creemos que no existe un encarecimiento, pues las nuevas clases pueden evitar pagar más tasas de examen (si el alumno volviera a suspender) e, incluso, la renovación de la matrícula", ha añadido Arnaldo.
La nueva norma también establece el tiempo mínimo (incluido el dedicado a maniobras) que debe durar el examen práctico. En el caso de las motos y los turismos –incluso con remolque- la prueba tendrá lugar, al menos, durante 25 minutos. Para el resto de los vehículos, el examen durará 45 minutos.
Por último, el nuevo precepto posibilita la previsión legal (establecida desde enero de este año) de cumplir la suspensión del carné de conducir de forma fraccionada (por quincenas, fines de semana, etc.). Un nuevo código, el 201, se anotará en los permisos temporalmente suspendidos: este número indica que, junto con el carné, el conductor deberá llevar la resolución de Tráfico en la que se indican las fechas concretas en las que no debe circular.
Unespa afirma que la "conducción acompañada" agravará el riesgo de los seguros
La nueva norma aprobada por el Ministerio del Interior se une a la propuesta que la DGT (Dirección General de Tráfico) realizó la semana pasada, que establecía que los jóvenes con 17 años pudiesen conducir siempre que fueran acompañados por un adulto con, al menos, cinco años de experiencia al volante.
Esta idea ya ha provocado las primeras reacciones, como la de la patronal de seguros (Unespa), que ha declarado que la "conducción acompañada" agravará el nivel de riesgo que las aseguradoras tienen en cuenta para fijar el precio de las pólizas, aunque no precisó si esta circunstancia supondrá un aumento en el importe de las mismas.
Cada compañía deberá decidir si sube o no el precio de los seguros (según las declaraciones de uno de los portavoces de la entidad), aunque aún no se ha redactado ninguna norma al respecto, por lo que los efectos serán diferentes dependiendo de la redacción del precepto y de los detalles que se incluyan en él.
Mario Arnaldo ha asegurado que, teniendo en cuenta el funcionamiento de la "conducción acompañada" en Francia –donde este sistema lleva en marcha varios años-, "el importe del seguro no tendría por qué subir, pues los alumnos que se han acogido a este método en el país vecino han reducido la siniestralidad en un 25 por ciento, por lo que no se le suele aplicar ningún recargo cuando, una vez aprobado el examen (superado por el 80 por ciento de los aspirantes), contratan una póliza. Durante el período de conducción acompañada, sólo se aplica al vehículo asegurado una pequeña franquicia que habrá que abonar en caso de siniestro", ha apuntado el presidente de AEA.
En cualquier caso, Unespa ha aconsejado a los usuarios que, cuando la norma entre en vigor, se comunique inmediatamente a la compañía de seguros la posibilidad de que un menor sin carné de conducir pueda dirigir el coche asegurado. Esta circunstancia no significa que la empresa opte por incrementar el precio de la póliza, pero es necesario que la firma conozca el riesgo al que se expone.
De hecho, la normativa actual establece que el tomador de un seguro tiene el deber de aclarar al asegurador todas las circunstancias que pueden incidir en la valoración del riesgo. Además, debe comunicar a la firma todas las circunstancias que agraven dicho riesgo durante la permanencia del contrato. De lo contrario, la compañía de seguros podría oponerse a hacerse cargo de los gastos en caso de siniestro.
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