De todas formas me parece que con el Vag Con se puede poner DLR en los antinieblas.... No se asta que punto es legal esto o no..... Según dicen algunos no es legal pero el " Nuevo " Passat el Polo y no se si algun Toyota o Hyundai lleva en el antiniebla la DLR.... Así que muy muy muy muy ilegal no creo que tampoco sea...........
Buenas, no se como está el tema de los coches que comentas, pues no estoy al tanto, pero de lo que si estoy al tanto es de que es ILEGAL circular con las antiniebals encendidas, ya sean las delanteras o traseras encendidas, cuando no es necesario. A continuación os cito lo que pone en la Ley de Seguridad Vial y en el Reglamento General de Circulación:
DELANTERA
*Según el articulo 106.2, opción 5B del Reglamento General de Circulación, en concordancia con el artículo 43, opción 5B de la Ley de Seguridad Vial:
- Constituye infracción: Llevar encendida la luz antiniebla delantera sin exisitir condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad u otros supuestos admitidos reglamentariamente.
- Importe de la multa 200 Euros (100 Euros con descuento).
- Responsable: El conductor
- No conlleva retirada de puntos
TRASERA
*Según el articulo 106.2, opción 5C del Reglamento General de Circulación, en concordancia con el artículo 43, opción 5C de la Ley de Seguridad Vial:
- Constituye infracción: Llevar encendida la luz antiniebla trasera sin exisitir condiciones meteorológicas o ambientales especialmente desfavorables.
- Importe de la multa 200 Euros (100 Euros con descuento).
- Responsable: El conductor
- No conlleva retirada de puntos
Está citado textualmente de la Ley. Otra cosa es lo que quiera hacer el agente,y si os lo passa o no.
Perdonad por el ladrillo que os acabo de meter, pero espero que al menos , os aclare algo.
Despues de esto, allá cada uno, ya somos mayorcitos, es cierto que todos hacemos y llevamos cosas no permitidas.....
Saludos