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Los detectores de radar SON LEGALES

General

Viendo el desconocimiento sobre estos dispositivos por parte de algunos usuarios de mofler.com, me he tomado la libertad de abrir este post para informar sobre la legalidad de estos dispositivos.

Veamos lo que dice la ley desde el pasado 24 de Mayo de 2010:


Artículo 65 – Cuadro General de Infracciones

5. Son infracciones muy graves, cuando no sean constitutivas de delito, las siguientes conductas:

h) Conducir vehículos que tengan instalados inhibidores de radar o cualesquiera otros mecanismos encaminados a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico.

6. Asimismo, son infracciones muy graves:

d) Instalar inhibidores de radar en los vehículos o cualesquiera otros mecanismos encaminados a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico. No constituirán infracción los sistemas de aviso que informan de la posición de los sistemas de vigilancia del tráfico.

NOTA: Fijaos que se diferencia el “conducir” del “instalar”.

Artículo 84 – Inmovilización del vehículo

1. Se podrá proceder a la inmovilización del vehículo cuando:

j) Se detecte que el vehículo está dotado de mecanismos o sistemas encaminados a eludir la vigilancia de los Agentes de Tráfico y de los medios de control a través de captación de imágenes.

Anexo II – Infracciones que llevan aparejada la pérdida de puntos

Conducir vehículos que tengan instalados mecanismos o sistemas encaminados a inhibir la vigilancia del tráfico, o que lleven instrumentos con la misma intención, así como de inhibición de sistemas de detección de radar.

Podemos llegar a la conclusión de que un detector de radar es legal ya que solo avisan de la posición del radar al igual que un avisador.

Por el contrario, el uso de un inhibidor de radar (aparato que interfiere sobre el correcto funcionamiento de los radares) podrá ser penado con hasta:

-  6000€ de multa

-  6 puntos de carnet

-  Inmovilización del vehículo, hasta su transporte a un taller para retirar el inhibidor.

Adjunto también una captura de una carta redactada por el anterior Director de la DGT, Pere Navarro.

30226_.pdf

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